Una nueva iniciativa legal, que ya está lista para ser publicada como ley de la República, busca combatir de frente la creciente crisis de sedentarismo y obesidad que afecta a las y los escolares en Chile. El proyecto (Boletín 11518-11) implementará 60 minutos de actividad física diaria en todos los establecimientos educativos del país, tanto públicos como privados, abarcando desde la educación parvularia hasta la media.
Pero, ¿qué significa esto realmente para la gestión de su establecimiento?
Ante la confusión que ha generado la normativa, es clave aclarar el punto central: esta ley no aumenta la jornada escolar. No se agregan horas de clases, no se extienden los horarios ni se modifican los recreos. El desafío consiste en integrar y modificar una hora de la rutina diaria actual para dedicarla a las actividades que señala la ley. Como expertos en consultoría educativa, en Numerus analizamos las claves de esta nueva normativa.
El Desafío: Integrar 60 minutos de movimiento (no sumar tiempo)
El aspecto más determinante es cómo se implementan estos 60 minutos. La ley señala que son “adicionales”, lo que ha generado la principal duda.
Esto significa que estas actividades no pueden, bajo ninguna circunstancia, reemplazar o ser restadas de las horas ya contempladas en el currículum de Educación Física y Salud.
La idea es que esta hora de actividad se incorpore a lo largo del día, transformando la forma en que se usa el tiempo, pero no su totalidad. Por ejemplo, estas actividades podrán ser fraccionadas (realizadas como pausas activas, integradas en otras asignaturas, etc.), adaptándose a la realidad de cada colegio. Se espera que el Ministerio de Educación entregue orientaciones para facilitar esta integración.
No es competencia, es “Literacidad Física”
La ley es muy específica sobre cómo debe ser esta actividad. El objetivo no es formar atletas profesionales, sino fomentar el bienestar y la adherencia al movimiento.
Las prácticas deben ser:
- Formativas y lúdicas.
- No profesionales e integrativas.
- Inclusivas y no discriminatorias.
El enfoque se alinea con el concepto internacional de “Literacidad Física”: desarrollar la motivación, la confianza y la competencia básica para que los estudiantes participen en actividades físicas a lo largo de toda su vida.
El foco: Bienestar, inclusión y cultura escolar
Rubén Valencia, Director Ejecutivo de Numerus Consultoría, destaca el fondo de esta medida: “Esta ley es una respuesta estructural y necesaria a la crisis de sedentarismo que viven nuestros escolares. Las instituciones educativas son el entorno óptimo para modificar conductas perjudiciales y asegurar que los niños, niñas y adolescentes reciban la dosis de actividad física que necesitan para un desarrollo integral”.
La normativa también pone un fuerte énfasis en la inclusión, requiriendo que los colegios adapten los ejercicios y materiales para todos los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (NEE). Además, reitera el deber del establecimiento de velar por la protección y la salud integral de los alumnos durante estas nuevas prácticas.
Sobre este punto, Rubén Valencia advierte respecto del desafío de gestión que esto implica, alineado con la aclaración de no aumentar horas: “El desafío para los colegios no será solo sumar 60 minutos, sino transformar la cultura escolar. La ley es clara en que no se trata de más competencia, sino de actividades lúdicas. El foco está en desarrollar la motivación y confianza para que los estudiantes disfruten del movimiento. Esto requerirá una planificación cuidadosa, especialmente para adaptar las actividades a estudiantes con Necesidades Educativas Especiales y garantizar su seguridad”.
¿Cuándo comienza? Una implementación gradual
La ley no será inmediata, permitiendo a los colegios un tiempo para adaptarse. Entrará en vigencia al inicio del año escolar subsiguiente al de su publicación en el Diario Oficial. (Es decir, si se publica durante 2025, la implementación comenzaría en el año escolar 2027) .
La aplicación será gradual, en dos etapas de un año cada una:
- Etapa 1 (Primer año): Educación parvularia y cursos de primero a cuarto básico.
- Etapa 2 (Segundo año): Se suman los cursos desde quinto básico hasta el último año de educación media.
Esta nueva ley presenta un desafío significativo en términos de planificación pedagógica, uso de espacios y gestión de personal, pero también una enorme oportunidad para mejorar la calidad de vida y el bienestar de toda la comunidad escolar.