El escenario normativo actual exige a los establecimientos educacionales no solo actualizar sus protocolos, sino capacitar formalmente a sus equipos en materias de convivencia e inclusión.
Los meses de diciembre y enero constituyen la ventana ideal para ejecutar estas formaciones sin interrumpir la carga lectiva regular. Según el artículo 41 del Estatuto Docente, los establecimientos pueden utilizar el receso de enero (hasta tres semanas) para actividades de perfeccionamiento, permitiendo regularizar el cumplimiento de tres leyes críticas que serán foco de fiscalización:
- Ley Karin (Ley 21.643): Prevención del Acoso y Violencia: No basta con tener protocolos; la ley exige capacitar a los trabajadores en la prevención del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo, entregando herramientas para fomentar el buen trato.
- Ley de Inclusión Laboral (Ley 21.275): La figura del Gestor de Inclusión: Para sostenedores con 100 o más trabajadores, es obligatorio ejecutar anualmente planes de capacitación que fomenten la inclusión y la igualdad de oportunidades, además de contar con un Gestor de Inclusión certificado.
- Ley de Autismo y Neurodivergencia (Ley 21.545): Protocolos en el Aula: Es fundamental formar a docentes y asistentes en la aplicación de protocolos para el acompañamiento de estudiantes dentro del espectro autista (CEA), asegurando un manejo seguro y empático ante desregulaciones emocionales.
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