Nueva Ley de Convivencia Escolar: El desafío de transformar los reglamentos en herramientas de gestión real

Asesoría
Nueva Ley de Convivencia Escolar: El desafío de transformar los reglamentos en herramientas de gestión real

El panorama normativo para los establecimientos educacionales en Chile ha dado un giro relevante. La reciente promulgación del proyecto de ley sobre convivencia, buen trato y bienestar de las comunidades educativas no es solo un ajuste formal, sino una reforma integral que moderniza la Ley General de Educación (LGE) y redefine las responsabilidades de los sostenedores.

Para Rubén Valencia, Director Ejecutivo de Numerus Consultoría, esta ley marca un antes y un después en la forma en que las instituciones deben abordar el clima escolar.

“Los reglamentos de convivencia escolar deberán ser reformulados integralmente para cumplir con esta ley. Se transformarán en instrumentos más completos al ser preventivos, protectores y garantes de derechos”, explica Valencia en su análisis técnico.

Los pilares de la reforma: ¿Qué cambia hoy?

El análisis destaca tres ejes fundamentales que impactarán la operación diaria de los colegios:

  • Nuevas figuras obligatorias: La ley introduce la figura del Coordinador de Convivencia Escolar con dedicación exclusiva en establecimientos que reciben aportes del Estado. Este profesional no solo gestionará crisis, sino que será el motor de una nueva Política Nacional de Convivencia Educativa.
  • Reformulación de los RICE: Los Reglamentos Internos de Convivencia Escolar (RICE) ya no pueden ser documentos estáticos. Ahora deben incluir protocolos de actuación claros para salvaguardar a las víctimas y procedimientos sancionatorios que respeten estrictamente el debido proceso.
  • Gestión de la conflictividad: Se prohíben medidas que interrumpan el proceso educativo por conductas asociadas a problemas de salud mental o discapacidad, obligando a los colegios a implementar estrategias de acompañamiento más que de punición.

La advertencia de la Superintendencia

Un punto crítico del análisis es la validez de los reglamentos actuales. Rubén Valencia advierte sobre el riesgo de mantener cláusulas obsoletas:

“La Superintendencia de Educación ha advertido que cualquier cláusula reglamentaria que contravenga la nueva normativa se tendrá por no escrita y no podrá aplicarse, exponiendo al sostenedor a sanciones si insiste en hacerla valer”, indica Valencia.

Por lo tanto, la revisión no es opcional. Los sostenedores y equipos directivos tienen un plazo definido para actualizar sus documentos y, más importante aún, para implementarlos con rigor en la práctica, ya que la efectiva aplicación del reglamento será el foco de la supervisión estatal.

Hacia una convivencia participativa

Finalmente, la ley busca que la voz de toda la comunidad —estudiantes, padres y docentes— sea vinculante en la construcción de estos entornos seguros. El objetivo final es que los RICE dejen de ser textos meramente formales.

“Con estas modificaciones, se espera que los RICE pasen a ser verdaderas herramientas de gestión de la convivencia, contribuyendo a entornos escolares más seguros, respetuosos y acordes con los derechos de todos sus integrantes”, concluye el Director Ejecutivo de Numerus Consultoría.

Tips para el sostenedor:

  • Plazo de Actualización: Verifique el cronograma de adecuación indicado en la ley para evitar multas.
  • Capacitación: El nuevo Coordinador de Convivencia requerirá formación específica en los protocolos preventivos que exige el Estado.
  • Auditoría de RICE: Realice una revisión técnica de sus reglamentos actuales para identificar qué secciones se “tendrán por no escritas” bajo el nuevo marco legal.

Preguntas Frecuentes: Nueva Ley de Convivencia Escolar

1. ¿Qué pasa si mi Reglamento Interno (RICE) actual contradice la nueva ley?

Cualquier cláusula de su reglamento actual que contravenga las nuevas disposiciones legales se tendrá por “no escrita”. Esto significa que no podrá aplicarse y, de hacerlo, el establecimiento se expone a sanciones por parte de la Superintendencia de Educación.

2. ¿Es obligatorio tener un Coordinador de Convivencia con dedicación exclusiva?

Sí, para todos los establecimientos que reciben aportes del Estado. La ley establece esta figura como obligatoria y con dedicación exclusiva para asegurar que la gestión de la convivencia no sea una tarea secundaria, sino un pilar de la administración.

3. ¿Puedo aplicar medidas disciplinarias por conductas asociadas a salud mental?

No. La ley prohíbe explícitamente la aplicación de medidas que interrumpan el proceso educativo (como suspensiones o expulsiones) cuando las conductas estén asociadas a cuadros de salud mental o discapacidad. En estos casos, el foco debe ser el acompañamiento y la protección.

4. ¿Qué rol tiene el Consejo Escolar en esta nueva normativa?

El Consejo Escolar adquiere un rol más protagónico. Los reglamentos ya no pueden ser impuestos de forma unilateral; deben incorporar la voz de la comunidad y asegurar procesos participativos en su elaboración y actualización.

5. ¿Qué debe incluir obligatoriamente el nuevo RICE?

Además de las normas de conducta, debe contener protocolos claros de actuación para salvaguardar a las víctimas, definiciones precisas de faltas y sanciones graduales que respeten siempre el debido proceso.

*Artículo publicado en el boletín de abril de Numerus.

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