El Ministerio de Educación, a través de la Coordinación Nacional de Subvenciones, ha comunicado que ya se encuentran transferidos los recursos correspondientes a la primera cuota del Bono Escolar y Bono Adicional 2026, según lo estipulado en la Ley N° 21.806. Estos fondos están destinados a los trabajadores de establecimientos Particulares Subvencionados y de Administración Delegada.
Instrucciones para sostenedores
El Ministerio enfatiza que la rendición de estos recursos debe realizarse bajo las siguientes condiciones:
- Plazo límite: Los sostenedores tienen hasta el jueves 30 de abril de 2026, a las 12:00 horas, para completar el proceso.
- Plataforma: El trámite se realiza exclusivamente mediante el aplicativo disponible en el sitio oficial de Comunidad Escolar.
- Restricciones de pago: Se aclara que este beneficio no corresponde a funcionarios del sector municipal, Servicios Locales ni a establecimientos Particulares Pagados.
Validaciones y requisitos técnicos
Para que el pago sea cursado de manera correcta, el Ministerio de Educación estableció los siguientes criterios:
- Contratos: El trabajador debe poseer un contrato vigente al 31 de marzo de 2026.
- Cargas familiares: La verificación para el nivel parvulario y escolar es automática a través del SIGE. Para educación superior, es obligatorio haber adjuntado el certificado de alumno regular.
- Sanciones por incumplimiento: Quienes perciban este bono de forma indebida deberán restituir el monto quintuplicado, además de enfrentar posibles sanciones administrativas o penales.
- Continuidad de recursos: De acuerdo con la normativa de la Contraloría General de la República, el Ministerio no podrá transferir nuevos recursos a los sostenedores que mantengan rendiciones pendientes.
Desde Numerus, reforzamos nuestro compromiso de acompañar a los sostenedores en el cumplimiento de estas exigencias regulatorias, integrando la gestión administrativa con una visión estratégica de la institución.