Hasta el martes 27 de octubre de 2026, los directores de establecimientos con Subvención Escolar Preferencial (SEP) deben ingresar a la plataforma de la Superintendencia de Educación para aprobar o rechazar la rendición de cuentas de los recursos SEP 2025 presentada por su sostenedor.
¿Qué es el Visto Bueno del Director y a quiénes involucra?
El Visto Bueno del Director es la etapa en que el director del establecimiento revisa y valida —o rechaza— la rendición de los recursos SEP ejecutados por el sostenedor durante el año 2025.
No se trata de un trámite meramente administrativo. El artículo 7, letra a), de la Ley N.º 20.248 establece que cada rendición debe contar con la firma del director, quien manifiesta su conformidad con lo presentado por el sostenedor, previo conocimiento del Consejo Escolar.
En este proceso, las responsabilidades están diferenciadas: el sostenedor presenta la rendición de cuentas y el director revisa sus antecedentes para aprobarla o formular una objeción.
La opción de Visto Bueno del Director se habilita una vez que el sostenedor ha cerrado su rendición de cuentas.
¿Hasta cuándo hay plazo?
El proceso estará disponible desde el martes 13 hasta el martes 27 de octubre de 2026.
Es importante completar todas las etapas dentro de ese periodo, incluida la carga del documento firmado cuando corresponda. Si se requiere corregir una aprobación o reabrir el proceso, la opción «Anular Visto Bueno Director» también está sujeta al plazo vigente.
Cómo realizar el trámite, paso a paso:
1. Ingresar a la plataforma
Accede directamente a vistobuenodirector.supereduc.cl o ingresa a través del Portal de Transparencia Financiera (PTF), en la sección «Procesos Declarativos» → «Rendición de Cuentas».
Para acceder, se requiere el RBD del establecimiento y la clave de Comunidad Escolar.
2. Confirmar los datos del director
El sistema solicita revisar los datos de contacto del director y muestra por defecto el periodo correspondiente a 2025.
3. Revisar los ingresos y gastos declarados
La plataforma despliega el Estado de Resultados con el detalle de las cuentas informadas por el sostenedor. Este documento se puede descargar en formato CSV para facilitar su revisión.
Antes de continuar, es recomendable verificar que la información presentada sea consistente con los antecedentes disponibles en el establecimiento.
4. Completar el formulario del director
El sistema presenta tres preguntas obligatorias relacionadas con el Consejo Escolar y el conocimiento de la cuenta pública. Es necesario responderlas para avanzar en el procedimiento.
5. Aprobar o rechazar la rendición
Si se aprueba: la plataforma genera un certificado que incluye el Estado de Resultados. El director debe descargarlo, imprimirlo, firmarlo y volver a cargarlo en el sistema en alguno de los formatos admitidos: JPG, JPEG, PNG o PDF. El documento incorpora un código QR para validar su autenticidad.
Si se rechaza: el director debe ingresar por escrito los motivos que fundamentan su objeción. Sin esta justificación, el sistema no permite completar el rechazo.
Si posteriormente se necesita corregir una aprobación, el proceso puede reabrirse mediante la opción «Anular Visto Bueno Director», siempre que el plazo continúe vigente.
“La firma del director no debería llegar como una sorpresa de octubre. Cuando el sostenedor ha llevado la rendición ordenada y conciliada durante todo el año, el director revisa con respaldo y el visto bueno se vuelve una confirmación tranquila, no una revisión a contrarreloj”, plantea Carlos Novoa, Director de Outsourcing de Numerus Consultoría.
El Visto Bueno del Director es también una oportunidad para comprobar la consistencia de la información presentada y la coordinación entre el sostenedor y el establecimiento.
Por eso, es recomendable no esperar hasta los últimos días para revisar los antecedentes. Contar con registros ordenados, información conciliada y documentación de respaldo facilita la revisión y permite identificar oportunamente eventuales diferencias antes de cerrar el proceso.